Aval

Aval

Normativa para solicitar el AVAL de la Asociación Salud Digital (ASD)

Apoyando actividades de calidad sobre Salud Digital a todos los niveles.

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Las actividades que pueden ser reconocidas de interés son:

  1. Actividades y reuniones desarrolladas por Sociedades Científicas.
  2. Actividades científicas o docentes presenciales o no presenciales desarrolladas por empresas, industria farmacéutica, tecnológica y biotecnológica.
  3. Publicaciones sobre el área de Salud Digital.
  4. Sitios on-line, que tengan contenidos relacionados con la especialidad.
  5. Actividades formativas y divulgativas de educación sanitaria, educación digital y promoción de la salud dirigidas a personas o profesionales sanitarios y no sanitarios, asociaciones de pacientes, y público general.

El aval de reconocimiento de interés de la ASD no incluye número de créditos ni forma parte del sistema de acreditación de las Comunidades Autónomas, sino que busca destacar la calidad de los contenidos de las actividades en su relación con la Salud
Digital.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos, la ASD no cederá en ningún caso datos o listados de sus socios a ninguna persona o entidad. Si se desea remitir información específica sobre la actividad a los socios que puedan beneficiarse de la misma, se propondrá a través de la secretaría de la ASD, con el coste asumido por los solicitantes que se pueda considerar según los medios utilizados.

El objetivo del patrocinio de la ASD se limita a acreditar el interés de la actividad. La ASD declinará el patrocinio de reuniones o publicaciones cuyo contenido sea eminentemente la promoción comercial de productos, dispositivos, tecnologías o sistemas.

El patrocinio no supone, en modo alguno, sufragar, total o parcialmente, los gastos correspondientes al desarrollo de la actividad, tan sólo se avala la misma.

La solicitud de patrocinio la realizarán los promotores de la actividad cumplimentando un formulario que podrán descargarlo de la página web. La solicitud deberá ser tramitada y remitida mediante el formulario de la web o enviando la solicitud cumplimentada por correo electrónico a secretariatecnica@salud-digital.es

La solicitud de aval de interés deberá presentarse al menos dos meses antes de la realización del evento/actividad y para un solo evento. La concesión del aval a una actividad determinada no presupone la concesión del mismo a ediciones posteriores de la misma.

Las solicitudes serán valoradas por la Comisión de valoración de reconocimiento , que aprobarán el patrocinio, si procede, también procederá a contestar por escrito su aceptación, aceptación condicionada a modificaciones o el rechazo de la misma en un plazo no superior a 30 días desde la recepción de la solicitud y la documentación pertinente. En la respuesta se indicarán las causas de la decisión. En caso de aceptación condicionada a modificaciones, la nueva decisión se tomará cuando se cuente con la rectificación solicitada.

La Comisión informará a la Junta Directiva de las solicitudes aceptadas o denegadas en la siguiente reunión ordinaria de la misma, así como solicitará opinión de la Junta en caso de conflicto surgido.

En caso de aprobación, el programa o publicación podrá hacer constar el lema “Con el reconocimiento de interés de la ASD“, señalándose explícitamente la frase “las opiniones expresadas por los autores no reflejan necesariamente la posición oficial de la ASD“.

La Comisión de Valoración estará constituida por 6 socios de la ASD y presidida por un vocal de la Junta Directiva.

Los miembros de la Comisión serán socios voluntarios, ratificados por la Junta Directiva. Los miembros serán de representación multidisciplinar (en formación, función y procedencia pública y/o privada). Si se detectara cualquier posible conflicto de intereses de los miembros en una solicitud de aval, se excluirían del procedimiento de valoración. La composición de la Comisión es pública y estará publicada en la web.

La Comisión se renueva cada dos años. Cada propuesta de aval será valorada al menos por dos miembros de forma independiente y se resolverá por consenso las diferencias en la reunión mensual de la Comisión.

La Comisión se reunirá preferentemente una semana antes de la reunión de la Junta Directiva, para proceder a informar a la misma de los resultados.

El presidente de la Comisión remitirá la evaluación al Presidente de la Junta Directiva, quien podrá llevar la discusión de casos dudosos con las alegaciones de la Comisión a la Junta Directiva para su ratificación definitiva.

En primer lugar se revisará si la actividad cumple con los requisitos exigidos para iniciar el proceso de evaluación. La documentación aportada deberá contener información referente a los siguientes 5 apartados.

    1. Datos administrativos del solicitante: Nombre del solicitante, organización, datos de contacto (dirección, teléfono, correo electrónico, etc.).
    2. Información de la iniciativa:
      • Nombre y/o razón social del organizador.
      • Contenidos.
      • Objetivos planteados.
      • Metodología de la ACTIVIDAD.
      • Profesionales, personas o colectivos a quienes va dirigido.
      • Programa completo de la ACTIVIDAD en formato electrónico.
      • Fechas previstas para la realización.
      • Lugar (dirección completa) donde se realizará la ACTIVIDAD.
      • Nombre de los intervinientes en el acto, con referencia a su ocupación y lugar de trabajo.
      • Existencia (o no) de cualquier otra acreditación oficial y Certificado que lo acredite en su caso.
      • Horas de duración (o de acreditación) de la ACTIVIDAD, especificando el desglose de horas teóricas y/o prácticas si existiesen.
      • Indicar si hay patrocinio o no por Casas Comerciales y/o si son estas las que desarrollan la ACTIVIDAD.
      • Memoria Económica con el presupuesto detallado económico, señalando los costes por partidas y el coste total de la ACTIVIDAD.
    3. Objetivos.
    4. Pertinencia de la actividad. La pertinencia mide el grado en que las necesidades formativas y los objetivos propuestos se adecuan al programa y a su vez están alineados con los objetivos de la ASD.
    5. Organización y logística. Estima si los recursos humanos y materiales, el número de participantes, la estructura y adecuación entre duración y objetivos son proporcionados y suficientes.

La evaluación de la concesión de cada Aval será realizada mediante un sistema de puntuación de calidad, siendo necesario un mínimo de puntuación para su otorgamiento.

  1. Pertinencia de la ACTIVIDAD. necesidad de la misma y alineamiento con los objetivos de la ASD.

    Nula = 1
    Escasa = 2
    Aceptable = 3
    Alta = 4
    Muy elevada = 5

  2. Valor de la ACTIVIDAD. Aspectos relacionados con calidad, avance, componente curricular, formación continuada, progreso científico y actualidad. Se evaluará si los objetivos generales y específicos definidos para la actividad explican con claridad el resultado que se pretende conseguir con la misma.

    Nula = 1
    Escasa = 2
    Aceptable = 3
    Alta = 4
    Muy elevada = 5

  3. Difusión la ACTIVIDAD. Relacionada con la magnitud del efecto, número de receptores, socios de la ASD participantes,  accesibilidad, difusión general:

    Nula = 1
    Escasa = 2
    Aceptable = 3
    Alta = 4
    Muy elevada = 5

    La difusión a través de la página WEB o correo electrónico a los socios de la ASD otorgará al menos 1 punto adicional.

  4. Participación de la ASD o grupos de trabajo o Socios de la ASD en la ACTIVIDAD:

    Nula = 1
    Escasa = 2
    Aceptable = 3
    Alta = 4
    Muy elevada = 5

Será necesaria una puntuación mínima de 13 puntos para conceder el aval de reconocimiento. Este podrá ser otorgado o denegado en base a la puntuación obtenida y los criterios generales establecidos.

Una actividad que reciba el aval de la ASD tendrá derecho a:

  • Usar el logotipo de la ASD en todo el material divulgativo y docente relacionado con la actividad avalada.
  • La divulgación de la actividad a través de la página web de la ASD y de todos sus sistemas de comunicación.

El solicitante del aval concedido debe velar porque la actividad se lleve a cabo siguiendo el contenido presentado en la solicitud.

  1. Deberá depositarse o remitirse a la Secretaría de la ASD un ejemplar del programa definitivo y la Comisión de Valoración, junto con el Secretario y Presidente de la ASD
    podrá exigir, tras acuerdo con el Promotor, cambios en los títulos y/o en los contenidos para la aprobación del AVAL.
  2. En el caso de que la ACTIVIDAD sea un libro, CD/DVD, video, monografía, revista o similar, las entidades patrocinadoras se comprometen a enviar a la ASD un número de
    ejemplares para su biblioteca, que será especificado en la memoria.
  3. En el caso de que la ACTIVIDAD sea un premio o distinción, las entidades patrocinadoras se comprometen a enviar una réplica o copia a la ASD si fuera solicitado. Si para esta ACTIVIDAD fuera necesaria la concurrencia de un jurado, la ASD deberá de ser consultada para el nombramiento de al menos uno de sus miembros. En el acto de entrega del premio o distinción deberá estar presente un representante de la ASD que será nombrado por la Junta Directiva.
  4. En el caso de que la ACTIVIDAD sea un congreso, reunión, jornada o similar, las entidades, colectivos o personas organizadoras se comprometen a que un representante de la ASD nombrado por la Junta Directiva, esté presente en el acto de la presentación de la ACTIVIDAD, de común acuerdo con la organización.
  5. El receptor se compromete a comunicar y esperar a recibir la aprobación de la ASD en los siguientes aspectos:
    1. Lugar donde se ubicará el logotipo (en anuncios, programas, productos,…).
    2. Boceto completo de la página donde se ubicará el logotipo.
    3. Nombre, dirección, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona designada como contacto de la ACTIVIDAD (para dirigir posibles aclaraciones o la respuesta definitiva a la solicitud).

Tasas de Solicitud de aval 100€*

*Actividad promovida por un Grupo de Trabajo activo perteneciente a la ASD

Las actividades promovidas por Grupos de Trabajo activos pertenecientes a la ASD deberán ser evaluadas siguiendo el criterio establecido y no supondrá pago de tasas.

Actividades sin ánimo de lucro (promovidas por socios u otras entidades)

En caso de no tener financiación y tratarse de una actividad sin ánimo de lucro, se podrá solicitar una exención de la cuota . Para ello habrá que adjuntar una memoria económica justificativa del evento donde se pueda comprobar que éste no tiene carácter lucrativo. La Comisión, analizada esta memoria, concederá el aval con o sin exención de pago.

Actividad con ánimo de lucro promovida por una entidad privada que no sea socio de la ASD

Las actividades promovidas por una entidad privada y/o sociedades mercantiles serán evaluadas por el criterio establecido. Si alcanza el baremo fijado se concederá el aval y
se abonará la cuota establecida de entre 300€ (situaciones de especial consideración) y 500€ (menos de 100 asistentes)) y 1.000 € (más de 100 asistentes).

Actividad con ánimo de lucro promovida por una entidad privada que sea socio de la ASD

Las actividades promovidas por una entidad privada y/o sociedades mercantiles serán evaluadas por el criterio establecido. Si alcanza el baremo fijado se concederá el aval y
se abonará la cuota establecida de 300€.

Actividad promovida por la Industria Digital no socia*

Las actividades promovidas directamente por la industria digital, aunque se ejecuten a través de una compañía de apoyo a la organización de la misma, serán valoradas con el mismo criterio. Una vez aprobado el aval, el promotor deberá efectuar una aportación económica para la concesión del mismo de 1.500 € .

*En esta situación se le propondrá a dicha compañía que pase a ser partner de la Asociación de Salud Digital y cuente el aval no sólo del evento que solicita sino de un año de colaboración (incluida la Jornada de Salud Digital) por 2.000€.

La ASD en virtud de la presente normativa y en base a sus estatutos, ha predefinido una serie de situaciones o circunstancias en las que la concesión del aval no se otorgará, salvo que concurran las circunstancias que en cada punto se especifican (p.ej. la firma de convenio, etc.).

  1. No se otorgarán avales para actividades con promoción explícita o mayoritaria y única de productos sanitarios o farmacéuticos.
  2. No se otorgaran avales si no hay implicación, colaboración o participación de miembros de la ASD de forma adecuada en las actividades.
  3. No se otorgarán avales en actividades promovidas por terceros si no existe una participación, o colaboración de la ASD, a través de los órganos de su Junta Directiva y firma de un convenio o acuerdo específico.
  4. No se otorgarán avales en actividades que supongan un conflicto de intereses que menoscaben el desarrollo de los fines o actividades de la ASD, o supongan una competencia desleal entre sus socios.
  5. No se otorgarán avales en actividades semejantes a las que ya realiza la ASD, y no participe en sus comités.
  6. No se otorgaran avales a reuniones o publicaciones cuyo contenido esté destinado a la promoción de actividades de asociaciones cuyos fines entren en conflicto con los fines fundacionales de la ASD.
  7. No se otorgaran avales a Reuniones o publicaciones cuyo contenido esté destinado a promocionar conocimientos pseudocientíficos.
  8. Las actividades avaladas por esta normativa en modo alguno podrán entrar en conflicto con las actividades institucionales organizadas o patrocinadas desde la Junta Directiva de la ASD. Dentro de estas circunstancias están:
    1. Coincidencia o proximidad en el tiempo con actividades institucionales, científicas o formativas, organizadas o patrocinadas por la ASD.
    2. Otro tipo de circunstancias, no especificadas que supongan un menoscabo de los intereses de la ASD.
  1. El Secretario de la Junta Directiva de la ASD llevará un libro-registro de todos las ACTIVIDADES avaladas.
  2. El Presidente de la Junta Directiva de la ASD, en su informe anual en el Asamblea de la Sociedad, dará cuenta de todos los eventos avalados por la ASD.
  1. La denegación de la Comisión de Evaluación siempre deberá ser informada.
  2. Contra la resolución del comité de evaluación no se contempla recurso alguno.